Enfermedad profesional y ART: cómo reclamar tus derechos en Córdoba
Si te diagnosticaron una enfermedad causada por tu trabajo, tenés derecho a recibir atención médica, prestaciones económicas y una indemnización a través de tu ART, todo amparado por la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557). Para ejercer esos derechos en Córdoba, el primer paso es hacer la denuncia formal ante tu aseguradora y, si te la rechazan o no te responden correctamente, podés iniciar un reclamo legal.

¿Qué es una enfermedad profesional y por qué importa la diferencia?
No toda enfermedad que sufre un trabajador es una enfermedad profesional. Para que la ley la reconozca como tal, tiene que estar directamente relacionada con las condiciones o el ambiente en que desarrollás tu trabajo. La Ley 24.557 define como enfermedad profesional aquella que está incluida en el listado oficial elaborado por el Poder Ejecutivo Nacional. Ese listado contempla patologías como hipoacusia por ruido, enfermedades respiratorias por exposición a polvos o químicos, afecciones de columna por esfuerzos repetitivos, dermatitis ocupacionales, entre otras.
También existe la figura del accidente de trabajo, que es algo distinto: es un hecho súbito y violento. La enfermedad profesional, en cambio, generalmente se desarrolla de forma gradual, a lo largo del tiempo, y muchas veces el trabajador tarda en darse cuenta de que su problema de salud tiene origen laboral. Esa es justamente una de las razones por las que muchos reclamos llegan tarde o no se hacen.
Si trabajás en construcción, industria, logística, call centers, agricultura, salud o cualquier actividad con exposición sostenida a agentes físicos, químicos o biológicos, es importante que prestés atención a los síntomas que podés estar desarrollando con el tiempo.
¿Qué obligaciones tiene la ART y qué derechos tenés vos?
Cuando se reconoce una enfermedad profesional, la ART tiene obligaciones concretas que no puede ignorar:
- Prestaciones médicas: la ART debe brindarte atención médica, quirúrgica, farmacéutica y de rehabilitación desde el momento de la denuncia y hasta tu recuperación o estabilización.
- Prestaciones económicas durante la baja: si la enfermedad te impide trabajar temporalmente, tenés derecho a cobrar una prestación equivalente a tu salario mientras dure esa incapacidad laboral temporaria (ILT).
- Indemnización por incapacidad permanente: si la enfermedad te deja una secuela permanente —parcial o total— tenés derecho a una indemnización. El monto se calcula en base a tu salario, tu edad y el porcentaje de incapacidad que determinan los médicos.
- Recalificación profesional: en ciertos casos, la ART también debe acompañarte en un proceso de reinserción laboral.
Lo que muchos trabajadores no saben es que, si la ART rechaza la denuncia o considera que tu enfermedad no es de origen laboral, eso no es la última palabra. Podés impugnar esa decisión y llevar el caso a la Justicia laboral de Córdoba.
Paso a paso: cómo hacer la denuncia y qué hacer si te rechazan
El proceso puede parecer complicado, pero si lo seguís ordenado, es más manejable de lo que parece:
- 1. Avisale a tu empleador: informale a tu empleador o a Recursos Humanos que tenés un problema de salud que puede estar relacionado con tu trabajo. Hacelo por escrito si podés —un correo electrónico alcanza— para dejar constancia.
- 2. Denunciá ante la ART: tu empleador tiene la obligación de hacer la denuncia ante la ART, pero vos también podés hacerla directamente. Pedile el número de siniestro o expediente.
- 3. Solicitá la atención médica: la ART debe designarte un médico y darte cobertura desde que recibe la denuncia. No aceptes demoras injustificadas.
- 4. Conservá todo: guardá los estudios médicos, los turnos, los informes y cualquier comunicación con la ART. Esa documentación es clave en un reclamo posterior.
- 5. Si te rechazan o no te responden: podés iniciar el trámite ante la Comisión Médica Central (SRT) para que se revise la calificación del caso. Si tampoco obtenés respuesta satisfactoria, la vía judicial en Córdoba está disponible para vos.
En Córdoba, la Justicia laboral tiene una larga trayectoria en casos de enfermedades profesionales y riesgos del trabajo. Contar con un abogado especializado desde el inicio puede marcar una diferencia enorme en el resultado de tu reclamo.
Errores comunes que pueden perjudicarte
Muchos trabajadores pierden tiempo valioso o directamente su derecho a reclamar por no actuar a tiempo o por no saber cómo hacerlo. Algunos errores frecuentes son:
- Aceptar el rechazo de la ART sin consultarle a un abogado.
- No hacer la denuncia por miedo a represalias del empleador.
- Firmar documentos de la ART sin entender qué dicen o sin asesoramiento.
- Esperar demasiado tiempo: los plazos de prescripción existen y pueden jugar en contra tuyo.
- Pensar que si ya no trabajás en ese lugar, perdiste el derecho a reclamar.
Ninguno de estos escenarios significa que perdiste todo, pero sí que necesitás actuar cuanto antes.
¿Querés saber si tu caso tiene sustento legal?
En LegalCalderón somos un estudio jurídico especializado en derecho laboral en Córdoba. Si te diagnosticaron una enfermedad que puede tener origen en tu trabajo, o si la ART ya te rechazó un reclamo, podemos ayudarte a evaluar tu situación y acompañarte en cada paso del proceso.
Ofrecemos primera entrevista sin costo y trabajamos bajo la modalidad de que si no hay resultado favorable, no cobramos honorarios. Tu problema merece una respuesta concreta, no más demoras.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una enfermedad profesional?
El plazo general de prescripción para reclamar una enfermedad profesional ante la ART o la Justicia es de dos años desde que se tomó conocimiento de la enfermedad y de su relación con el trabajo. Sin embargo, este plazo puede variar según las circunstancias del caso, por lo que lo más conveniente es consultar a un abogado laboral lo antes posible para no perder tu derecho a reclamar.
¿Quién debe hacer la denuncia ante una enfermedad profesional?
La denuncia puede hacerla el trabajador, el empleador o incluso los derechohabientes en caso de fallecimiento. Sin embargo, es el empleador quien tiene la obligación principal de notificar a la ART. Si tu empleador no lo hace, vos podés hacer la denuncia directamente ante la aseguradora presentando tu DNI, datos del empleador y descripción del diagnóstico médico.
¿Cuáles son las enfermedades profesionales que cubre la ART?
La Ley 24.557 establece que las enfermedades profesionales cubiertas son las que figuran en el listado oficial aprobado por el Poder Ejecutivo. Entre las más frecuentes están: hipoacusia por exposición a ruidos, enfermedades respiratorias por polvos o químicos, hernias y afecciones de columna por esfuerzos repetitivos, enfermedades de la piel de origen laboral y ciertas patologías neurológicas. Si tu enfermedad no figura en el listado, existe la posibilidad de reclamar su inclusión como enfermedad no listada bajo ciertos requisitos legales.
¿Cómo denunciar una enfermedad profesional ante la ART?
Podés hacer la denuncia de forma presencial en las oficinas de tu ART, por teléfono a través del servicio de atención al asegurado o por correo electrónico si la aseguradora lo permite. Necesitás presentar tu DNI, datos de tu empleador, descripción de los síntomas o diagnóstico médico y, si lo tenés, cualquier documentación médica previa. Una vez realizada la denuncia, la ART está obligada a asignarte atención médica y a iniciar el proceso de calificación del caso.