Si la ART rechazó tu accidente de trabajo o simplemente no te está pagando lo que corresponde, tenés derechos concretos que podés ejercer: podés impugnar ese rechazo, iniciar un reclamo ante la Comisión Médica y, si es necesario, llevar tu caso a la Justicia. En LegalCalderón te explicamos paso a paso qué hacer para no quedarte sin la cobertura que la ley te garantiza.

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) tienen la obligación legal de cubrir los accidentes que ocurren en el trabajo o en el trayecto hacia él, lo que se conoce como accidente "in itinere". Esto está establecido en la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus modificatorias.
Sin embargo, en la práctica, muchas aseguradoras buscan la manera de rechazar o demorar los siniestros para no hacerse cargo de los costos. Algunos de los argumentos que usan con más frecuencia son:
Que la ART use alguno de estos argumentos no significa que tengan razón ni que vos no tengas derecho a cobrar. Significa que necesitás actuar rápido y con asesoramiento adecuado.
Si estás en esta situación en Córdoba, estos son los pasos que debés seguir:
La Ley 24.557 establece una serie de prestaciones a las que tenés derecho cuando sufrís un accidente de trabajo. Entre ellas se incluyen:
Además de las prestaciones del sistema de la Ley 24.557, en ciertos casos también es posible reclamar una indemnización adicional en la Justicia civil o laboral si se puede demostrar la culpa del empleador en la producción del accidente. Cada situación es distinta, por eso es fundamental analizarla con un abogado.
En materia de accidentes de trabajo, los plazos importan. Demorar el reclamo puede perjudicarte de varias maneras: las pruebas se pierden, los testigos olvidan detalles y, en algunos casos, pueden caducar ciertos plazos legales para iniciar acciones.
Por eso, si sufriste un accidente y la ART no te está respondiendo como debería, no esperes a ver si "se arregla solo". Actuá cuanto antes.
En LegalCalderón somos un estudio jurídico cordobés especializado en derecho laboral. Sabemos lo difícil que es atravesar una situación de accidente mientras también tenés que pelear con una aseguradora que no quiere pagar. Por eso, trabajamos para que vos puedas enfocarte en recuperarte mientras nosotros nos encargamos del reclamo.
Te ofrecemos primera entrevista sin costo para analizar tu caso. Y si decidís que te representemos, trabajamos bajo el principio de que si no hay resultado favorable, no cobramos honorarios.
Podés comunicarte con nosotros por:
Lo primero es pedir el rechazo por escrito con los fundamentos. Luego, podés impugnar esa decisión ante la Comisión Médica Jurisdiccional de Córdoba, que es el organismo que revisa si el rechazo de la ART es válido. En paralelo, es muy recomendable asesorarte con un abogado especializado en riesgos del trabajo para evaluar si conviene avanzar también por vía judicial.
Si la ART se niega a pagar las prestaciones médicas o dinerarias que te corresponden, no tenés que aceptarlo sin más. Podés reclamar formalmente ante la Comisión Médica y, si la decisión no te favorece, apelar ante la Comisión Médica Central o iniciar una demanda judicial. Cuanto antes actúes, mejor posición tendrás en el reclamo.
Según la Ley 24.557, el empleador debe informar el accidente a la ART de forma inmediata o dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho. Si el empleador no lo hizo a tiempo, eso no te hace perder automáticamente el derecho a la cobertura: vos mismo podés realizar la denuncia ante la ART directamente. La demora del empleador puede ser un elemento más en el reclamo.
"Siniestro rechazado" quiere decir que la ART decidió no reconocer tu accidente como laboral y, por lo tanto, no va a brindarte cobertura médica ni las prestaciones económicas que prevé la ley. Sin embargo, ese rechazo puede ser impugnado y revertido. No es una decisión final: es el comienzo del reclamo, no el fin.
¿Tenés dudas sobre tu caso? En LegalCalderón te orientamos sin costo en la primera entrevista.
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